CAPITULO VII
CERTIFICADOS ELECTRONICOS
CERTIFICADOS ELECTRONICOS
Garantía de la autoría de la Firma Electrónica.
Artículo 38. El Certificado Electrónico garantiza la autoría de la Firma Electrónica que certifica así como la integridad del Mensaje de Datos. El Certificado Electrónico no confiere la autenticidad o fe pública que conforme a la ley otorguen los funcionarios públicos a los actos, documentos y certificaciones que con tal carácter suscriban.
Desde mi punto de vista explica este articulo que la persona cuando accede a una certificación electronica está totalmente protegido debido a que ésta certificación garantiza que la persona es dueña de tal certificación. Por ejemplo cuando accedo a mi certificado electronico del Banco de Venezuela, solo yo puedo acceder a este, debido a que yo proporcioné todos mi datos necesarios para que ellos pudiesen concederme tal certificado
Artículo 38. El Certificado Electrónico garantiza la autoría de la Firma Electrónica que certifica así como la integridad del Mensaje de Datos. El Certificado Electrónico no confiere la autenticidad o fe pública que conforme a la ley otorguen los funcionarios públicos a los actos, documentos y certificaciones que con tal carácter suscriban.
Desde mi punto de vista explica este articulo que la persona cuando accede a una certificación electronica está totalmente protegido debido a que ésta certificación garantiza que la persona es dueña de tal certificación. Por ejemplo cuando accedo a mi certificado electronico del Banco de Venezuela, solo yo puedo acceder a este, debido a que yo proporcioné todos mi datos necesarios para que ellos pudiesen concederme tal certificado
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